Cuarto: Incentivo por Buenas Prácticas Laborales 2020

En diciembre de 2020, se pagará por única vez un «INCENTIVO POR BUENAS PRÁCTICAS LABORALES» a los Trabajadores con contrato individual de trabajo vigente al 1 de enero de 2020, siempre que en el Total de las Empresas que presten sus servicios a la operación Los Bronces, no se haya producido durante los meses de enero a diciembre de 2020 una suspensión ilegal de la actividad laboral de los Trabajadores que afecte a la continuidad operacional de la faena, ya sea total o parcialmente, Este incentivo ascenderá al monto total equivalente a $(x).- brutos.

Este incentivo se pagará a cada Trabajador, con contrato individual de trabajo, vigente al 1 de enero de 2020, conjuntamente con las remuneraciones del mes de diciembre de 2020.

Este beneficio no se reajustará por IPC.

La Empresa anticipará $(x).- de este Incentivo en el mes de diciembre de 2019.

Con todo, si llegada la fecha de pago en diciembre de 2020, no se verificare el cumplimiento de lo establecido en el párrafo primero de la presente cláusula, la suma anticipada de $(x) será restituida por el Trabajador. La restitución deberaá efectuarse en las remuneraciones de enero y marzo de 2021 del Trabajador, en especial de los pagos correspondientes al Incentivo de Trabajo Seguro e Incentivo de Productividad que corresponde a dichos meses. En caso de no ser suficiente estos descuentos, deberán realizarse de las demás remuneraciones del Trabajador hasta completar el descuento del anticipo efectuado.